[19] (3) Los maridos hacia (con respecto a) (sus) esposas, así como hacia los hijos de vida y de muerte potestad, y cuando un padre de familia de más ilustre linaje nacido muere, de éste los cercanos se reúnen y, (acerca) de su muerte si la cosa hacia la sospecha viene, (acerca) de las esposas hacia (de) modo propio de esclavos interrogatorio tienen y, si es averiguado, con fuego y con todos los tormentos torturadas (las) matan. Cayo Julio César De Bello Gallico VI, 19, 3 |
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